El tribunal de justicia sentencia que el partido popular es una organización corrupta y formada para tal fin.
Partidos políticos con representación parlamentaria, encabezados por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), promueven una "moción de censura" contra el Poder Ejecutivo constituido por el Partido Popular (PP) y con la presidencia del señor Rajoy. Tras los debates se vota por todos y cada uno de los diputados. La votación dio como resultado desfavorable del PP y Cs (Ciudadanos) y a favor de aquellos que habían propuesto la moción de censura, por lo que, el poder Ejecutivo, cesó en sus funciones. El PSOE, se propone para desempeñar el poder Ejecutivo, tras la exposición del programa político, se vota y se tiene la mayoría, por lo que la presidenta del Congreso lo hace saber al Jefe del Estado, pasando a ser presidente del Poder Ejecutivo el señor doctor don Pedro Sánchez Pérez-Castejón.
Don Pedro Pérez-Castejón hace saber al Jefe del Estado la composición de su Gobierno, siendo aceptado por este, por lo que inicia la ejecución de las funciones que la Constitución de 1978 le dicta.
Es decir, el Ejecutivo es mandatado por el Congreso de los Diputados.
De acuerdo con la Constitución de 1978, es el Señor Doctor Excelentísimo Presidente Don Pedro Sánchez Pérez-Castejón, es el único que puede suspender el período legislativo y convocar elecciones a diputados y senadores.
El Congreso de los Diputados, en cualquier momento puede presentar una moción de censura al Ejecutivo y, si el Poder Ejecutivo no tiene su confianza, queda cesado y se vuelve a comenzar el proceso.
Así pues, los partidos políticos tienen en el Congreso de los Diputados, el proceder para convocar elecciones: moción de censura.
El Presidente del Ejecutivo puede cesar en cualquier momento por el motivo que sea y, de forma obligada al cumplir los cuatro años de la legislatura que, en este caso es en 2020, ya que la misma ha comenzado en 2016, con el señor Rajoy, presidente del PP, como presidente del Poder Ejecutivo.
De acuerdo con la Constitución de 1978, ni la moción de censura, ni la moción de confianza, ni el cese, por cualquier motivo personal, del presidente del Poder Ejecutivo, suspende el periodo legislativo.
ESTOY PERPLEJO ANTE LA PETICIÓN DE CESE DEL PERÍODO LEGISLATIVO POR PARTE DEL PARTIDO POPULAR Y CIUDADANOS FUERA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
Solo encuentro explicación en dos motivos:
1.- El PP y Cs, no tienen mayoría en el Congreso de los Diputados. Es decir, manifiestan ser NO CONSTITUCIONALES.
2.- El PP y Cs, se integran con los partidos políticos EXTRAPARLAMENTARIOS (VOX, FE) para promocionar una nueva alianza para unas futuras elecciones, o para forzar unas elecciones por vía NO CONSTITUCIONAL.
Mi perplejidad viene cuando estos partidos políticos, MANIFIESTAMENTE ANTI-CONSTITUCIONALES, vociferan que el PSOE y, el Poder Ejecutivo, en particular y en singular el Señor Doctor Excelentísimo Don Pedro Sánchez Pérez-Castejón, que son anticonstitucionales.
Solo encuentro dos motivos:
1.- Ignorancia.
2.- Ser mediadores a los partidos extra-parlamentarios. Motivo este que tiene carácter delictivo: PP y Cs no actúan en representación de los ciudadanos que les han elegido, sino en representación de partidos políticos extra-parlamentarios, no elegidos por los ciudadanos electores. Este es un FRAUDE DE LEY que, por su naturaleza, opino que debiera entrar en el Código Penal, con un delito de ALTA TRAICIÓN AL ESTADO, DINAMITANDO EL PILAR BÁSICO DE LA DEMOCRACIA, COMO ES LA ELECCIÓN DEL CIUDADANO DE AQUEL EN EL QUE DEPOSITA SU CONFIANZA, O VOLUNTAD DE CONSTITUIRSE EN ESTADO.
3.- Mentir sobre el PSOE y el Señor Doctor Excelentísimo Don Presidente Pedro Sánchez Pérez-Castejón con el propósito de hacerles daño. Motivo este que tiene el carácter de DELITO de INJURIAS, que la Fiscalía General del Estado, está obligada a la acusación, ya que PP y Cs, hacen y han hecho tales injurias fuera del Congreso de los Diputados.
En definitiva, el PP y Cs son ANTI-CONSTITUCIONALES, al igual VOX y FE, aunque no tengan lugar en el Congreso de los Diputados ni en la Cámara de Senadores.
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