Los supuestos restos del genocida no pueden seguir siendo supuestos. Es obligado por su dignidad de memoria que se les de identidad e identificación mediante el ADN. Por este motivo, se ha de hacer igual con los de sus hermanos y familia genética.
Por su dignidad, como individuo humano, por su condición de miembro de un grupo genético, se ha de a proceder, por dignidad biológica, se ha de proceder a dar identidad a la que se refiere como su mujer, Carmen Polo. A la que se refiere como su hija, Carmen Franco y, de aquellos que se refieren como nietos y bisnietos del genocida.
Si la identidad e identificación es por dignidad como individuo biológico, también hay que recoger su memoria médica y social, con el fin del obligado informe familiar y social sobre la posible, aunque nunca se hizo pública, la existencia de enfermedad, y/o malformación genética.
Hay que prever un problema de identidad como delito. Hoy, hay que saber de los derechos de identidad a sus supuestos familiares.
Me ofrezco a un registro de identidad biológica, médica y de salud del ciudadano Francisco Franco Bahamonde, bajo la protección de mi condición médica.
La memoria, como médico pasaría al acceso y protección de dicha memoria por parte de la familia, como corresponde a ella.
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