Hay que recordar.
Fuero
del Trabajo
El Fuero del
Trabajo (1938) es una de las siete Leyes Fundamentales
del franquismo, que fue elaborada y aprobada en
1938 antes de la terminación de la Guerra
Civil a imitación de la Carta del Lavoro promulgada en Italia por Edmondo Rossoni y el Gran Consejo Fascista
italiano en abril de 1927. Si bien es cierto que en el momento de su
promulgación, las tropas del general Franco llevaban una clara ventaja en la
contienda; de hecho fue en 1938 cuando Franco creó el Gobierno de la Nación.
Fuero del Trabajo
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Entrada en vigor:
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9 de marzo de 1938
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Reforma:
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Derogación:
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Con la Constitución
de 1978
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Este texto es de ideología falangista, movimiento político anterior al
franquismo que tuvo cierta influencia en la cuestión laboral y los medios
durante la guerra y la dictadura, y entre sus principales puntos se cuentan la
regulación de la jornada laboral y del descanso, y la creación de la Magistratura del Trabajo
y los sindicatos verticales,
que son aquellos que agrupaban por igual a patronos y obreros (lo que en la
práctica imposibilitaba los acuerdos), ambos subordinados a las decisiones del Estado. Fue parcialmente modificado en 1958 con la Ley de
Convenios Colectivos, y siguió regulando las relaciones laborales en España
hasta la creación del Estatuto de los Trabajadores, ya en la democracia.
Derechos y deberes que el Fuero
establece
Derecho y deber del trabajo
Considera el trabajo como la participación del hombre
en la producción
mediante el ejercicio voluntariamente prestado de sus facultades, tanto
intelectuales como manuales, según la personal vocación, en
orden al decoro y al mejor desarrollo de la economía nacional.[1]
Siendo el trabajo un deber de todos
los españoles no impedidos, resulta también un derecho,
título suficiente para exigir la asistencia y tutela del Estado.:[2]
"...El derecho al trabajo se estima
consecuencia del deber impuesto al hombre por Dios para el
cumplimiento de sus fines individuales y en función de la prosperidad y
grandeza de la patria..."
Torcuato Fernández Miranda,
página 178.
Derecho al descanso
El Estado garantiza el descanso
dominical, vacaciones anuales retribuidas, asegurando la creación de las
instituciones necesarias para asegurar el descanso de los trabajadores y su
acceso al disfrute de los bienes de la cultura, la salud, el deporte, etc.[3]
Derecho a una retribución justa del trabajo
Se crea en España el concepto de salario mínimo: el suficiente para
proporcionar al trabajador y su familia una vida moral y digna, estableciendo
además el subsidio familiar. El Estado fija las bases
mínimas para la ordenación del trabajo, con sujección a las cuales se
establecerán las relaciones entre trabajador y empresa.
"...El contenido primordial de
dichas relaciones será tanto la prestación del trabajo y su remuneración como
la ordenación de los elementos de la empresa, basada en la justicia, la recíproca lealtad y la
subordinación de los valores económicos a los de orden humano y social..."
Torcuato Fernández Miranda,
página 179.
Derecho al subsidio familiar
La remuneración del trabajador estará
en razón directa de su familia, y a estos efectos se
establece un subsidio familiar.
Derecho a la seguridad y continuidad en el trabajo
Protección en el aspecto físico, es
decir, previsión y seguridad ante posibles accidentes, considerando las
condiciones de salubridad e higiene en el trabajo. Protección contra despidos
arbitrarios y también contra el paro forzoso o desempleo.[4]
Derecho a la seguridad en el infortunio y a los seguros
sociales
Mediante la previsión social proporcionará al
trabajador la seguridad de su amparo ante el infortunio. Concretamente mediante
seguros sociales de vejez, invalidez, maternidad,
accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, tuberculosis y paro forzoso,
tendiéndose a la implantación de un seguro total. A los trabajadores ancianos
se dotará de un retiro suficiente.[5]
Derecho al acceso a la propiedad
El Estado reconoce y ampara la propiedad privada como medio natural para el
cumplimiento de las funciones familiares, individuales y sociales, y asume la
tarea de multiplicar y hacer asequible a todos los españoles las formas de
propiedad ligadas vitalmente a la persona humana : el hogar familiar, la
heredad de la tierra y los instrumentos o bienes de trabajo para uso cotidiano.[6]
Deber de la lealtad y solidaridad en el trabajo y en la
producción
El trabajo tiene, además de su carácter
individual o familiar, una función social. Íntimamente relacionado con la
prosperidad constituye un deber de solidaridad basado en las obligaciones
recíprocas que del trabajo nacen.[7]
Significación política del Fuero
Este Fuero nace de la concepción del
nuevo Estado español como un Estado social, definiendo los derechos sociales
del español a la vez que los principios rectores del Estado en materia laboral.
Desde el punto de vista del derecho
constitucional constituye la parte dogmática, en la que se formula
una declaración de principios rectores, el reconocimiento de derechos y deberes
y, en general, todo lo que tiene un carácter enunciativo y director:
"...Así, pues, es claro el
carácter dogmático de ambos Fueros. La significación política del que ahora
estudiamos, el Fuero del Trabajo, ha de entenderse en función del fin del
Estado, en la esfera de la realización de la justicia social y en el establecimiento de
los principios rectores en dicha materia, así como en la consagración de los
derechos y deberes de los españoles en el ámbito de la política social..."
Torcuato Fernández Miranda,
páginas 180-181.
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