La relación genital de un individuo con otro no es un trabajo, sino una explotación mercantil de los genitales, por iniciativa del individuo o por otro individuo, con independencia de la transación económica dineraria u otro bien.
Se hace equivalente al delito de esclavismo.
No hay causa alguna de esclavismo.
Si una mujer está en condición de esclava con un hombre, con independencia de la relación existente entre los dos, el hombre es un delincuente esclavista y la mujer es delinquirá. El delito es mantener relación genital con el fin de obtener un bien económico.
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