martes, 28 de agosto de 2018

Género y relaciones genitales.

La relación genital entre dos individuos del mismo género no es manifestación de patología, física ni psíquica. Es un comportamiento fisiológico.

La relación genital entre dos individuos de distinto género no es manifestación de patología, física ni psíquica. Es un comportamiento fisiológico.

La presencia de genitales externos del género contrario es una malformación congénita. 

La relación genital entre dos individuos de edad adulta y con el consentimiento expreso de los dos es normal y no delito.

La relación genital entre dos individuos de edad adulta y sin el consentimiento expreso de uno de los dos es un delito con lesiones.

La relación genital entre dos individuos en los que uno es menor de edad, es un delito con lesiones a un menor.

La relación genital entre dos individuos menores de edad, es un delito con lesiones y una conducta irresponsable.

La relación genital si es propuesta por el medio que fuere, es un delito.

Quien cometiera el delito, quien fuere objeto de delito, quien fuera testigo de delito, quien fuere conocedor de delito quien fuere conocedor de riesgo en la comisión de un delito, está obligado a presentar denuncia del mismo a la policía y hacerlo sin dilación alguna. En caso contrario cometería un delito de encubrimiento.

Ningún mayor de edad ni menor de edad tiene autoridad para cometer delito alguno.

Ningún mayor vestido con uniforme, policía o cura tiene autoridad para cometer delito alguno.

Ningún adulto con profesión alguna, profesor, policía o cura tiene autoridad para cometer delito o ser testigo en la comisión de un delito.

Ni el uniforme ni la profesión, el policía, el profesor ni el cura tiene autoridad moral ni conocimiento en el comportamiento de relaciones genitales.

Hoy el Papa católico ha manifestado su ignorancia absoluta acerca de la condición de género.







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