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Es hermoso observar la regresión de un Sistema Social basado en la explotación del Trabajo por el Capital mediante la adoración de la basura, o sobre-consumo. La Degeneración de la Vida como desafío a la Evolución.
Galicia bate récord de testamentos rechazados con más de 2.500 en 2017
R. Prieto | A Coruña 25.02.2018 | 07:30
Simón Espinosa
Son cada vez más los contribuyentes que no se atreven a dar el sí quiero a una herencia. Ni las mejores expectativas económicas ni la reforma fiscal de la Xunta, que exime del pago del impuesto de Sucesiones al 99% de los gallegos, han permitido frenar las renuncias a testamentos abiertos en Galicia. Desde 2008 las renuncias a herencias han sido 15.507 en la comunidad gallega. Y es que recibir un legado no solo supone disfrutar del piso, el garaje, las joyas o los ahorros del finado, sino que implica hacer frente, en el caso de haberlas, a las deudas y responder ante el fisco si los bienes recibidos de ascendientes o descendientes (padres-hijos, nietos-abuelos o hermanos) superan los 400.000 euros o si proceden de familiares de tercer grado y ulteriores (tíos-sobrinos, bisabuelos o primos) o de no parientes. En 2017, un total de 2.537 gallegos dijeron no a los bienes heredados, según datos del Colegio Notarial de Galicia.
Este balance, que bate un nuevo récord histórico, se traduce en una media de siete renuncias cada día en la comunidad, un 9% más que un año atrás (en 2016 se contabilizaron 2.323). En relación a 2015, último ejercicio antes de la entrada en vigor de la reforma fiscal de la Xunta, el aumento alcanza el 10% y ya supone cinco veces más que los rechazos contabilizados antes del estallido de la crisis (en 2007 fueron solo 544).
Por provincias, A Coruña concentra el grueso de los testamentos de los que los herederos no quieren saber nada (1.117, el 44% del total en la comunidad, lo que supone un 9% más respecto al año anterior y un 42% más que hace un lustro). Le sigue en la lista, Pontevedra, con 800 renuncias (un 46% más que en 2016 y un 55% más que hace cinco años). El volumen es mucho más bajo en Lugo (374, un 46% más que el ejercicio pasado y un 73% más que en 2013) y en Ourense (246), la única provincia gallega donde las renuncias cayeron durante el último año (-6%) pero suponen un 46% más que hace cinco.
Menos 'noes' en Pontevedra
Aunque se preveía que la reforma fiscal de la Xunta en materia de Sucesiones, en vigor desde enero de 2016, redujese las renuncias a herencias, la realidad es otra. Las exenciones fiscales a los legados de familiares ascendientes o descendientes (padres-hijos y abuelos-nietos) por debajo de los 400.000 euros no han dado un vuelco a las estadísticas. Desde que está en vigor la rebaja tributaria del Gobierno gallego (2016 y 2017), han sido un total de 4.860 los gallegos que dijeron no al testamento en el que aparecían como herederos, tantos como en los tres ejercicios anteriores en los que no había exenciones para el pago del impuesto.
Si los datos se comparan con 2015, víspera de la entrada en vigor de las bonificaciones tributarias aprobadas por la Administración gallega, las renuncias en A Coruña se dispararon un 20,7% (entonces sumaba 925). En Lugo, el repunte alcanza el 19,9% (un total de 312); en Ourense, es del 15% (212 renuncias). Por el contrario, Pontevedra es la única provincia gallega que registra menos rechazos a herencias respecto a 2015, en concreto 57 menos, lo que supone un descenso del 7%.
Razones económicas están detrás de esta tendencia en la comunidad. Desde el Colegio Notarial de Galicia advierten de que estos datos confirman que todavía "no han desaparecido del todo las circunstancias económicas que muchas veces son determinantes de la decisión de renunciar", y también que los gallegos "son cada vez más prudentes o puntillosos" a la hora de valorar la conveniencia o no de aceptar una herencia.
Además de los motivos de índole personal debido a la desafección o distanciamiento familiar que lleva a la renuncia del legado sin hacer consideración alguna de carácter económico, hay casos en los que se busca favorecer a un coheredero para que reciba la totalidad o una mayor participación en la herencia al renunciar todos o algunos de los beneficiarios, según detalla el delegado del Colegio Notarial de Galicia en Vigo, Jaime Romero.
Pero la mayoría de renuncias obedecen a motivos económicos y fiscales. Si hay deudas del difunto o si se trata de una herencia de parientes de tercer grado y ulteriores o extraños no familiares del heredero es suficiente para pensárselo dos veces antes de aceptar. "Si el haber hereditario incluye deudas, la forma más idónea de mantenerse al margen es la renuncia. Esas deudas, que en épocas recientes tienen su causa en la crisis económica que golpeó nuestro país, han sido determinantes para tomar la decisión de renunciar en un gran número de ocasiones", explica Romero.
En este sentido, apunta que los motivos económicos para desentenderse de una herencia no son solo por deudas conocidas que han motivado la insolvencia patrimonial del llamado causante, sino también por las responsabilidades económicas que como heredero pueden afectarle, tales como las derivadas de haber otorgado avales o afianzamientos a terceros (por ejemplo a la propia empresa, otras empresas o empresarios o un amigo); por responsabilidades fiscales por las comprobaciones realizadas por Hacienda de ejercicios no prescritos (los últimos cuatro años) o por responsabilidades profesionales que se reclaman después del fallecimiento. "En todos estos casos, como herederos debemos responder", advierte el delegado del Colegio Notarial de Galicia en Vigo.
La carga de la hipoteca
Dentro de las motivaciones económicas para rechazar una herencia destaca la hipoteca que pesa sobre la vivienda. Como el mercado de venta de inmuebles estaba hasta hace poco cerrado por falta de demanda, el heredero que no puede hacer frente al préstamo y no tiene garantías de que pueda venderlo en un plazo razonable rechaza el legado para no verse comprometido por el pago de las cuotas.
Cabe recordar que desde la reforma del Código Civil en 2015, la prescripción de las acciones personales que no tengan señalado un plazo especial es a los cinco años (y no a los 15, como hasta entonces). Pero la prescripción de la acción hipotecaria se mantiene a los 20 años contados desde que termina el plazo del préstamo.
Finalmente, en el caso de los herederos colaterales de tercer grado y ulteriores o extraños no parientes, el impuesto resulta muy gravoso, lo que influye a la hora de aceptar o no un herencia. Ante la dificultad de venta de los inmuebles legados en un plazo razonable que obliga a poner dinero del propio bolsillo para el pago del tributo se han producido "numerosas renuncias de las herencias del tío/a soltero/a", según detalla el delegado en Vigo del Colegio Notarial de Galicia.
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