Cuando hablemos de "asistencia sanitaria" debemos diferenciar dos constituyentes que yo he denominado en 1973 cuando hice el primer análisis de la "documentación sanitaria": Asistencia y Atención.
Por "asistencia" entiendo toda relación entre el sanitario y el ciudadano. Y, por "Atención" el conjunto de recursos utilizados para prestar la asistencia (inmuebles, muebles, de personal y consumibles, entre los cuales el "tiempo" es el que determina lis anteriores; e/t).
Tanto la atención como la asistencia se presta al ciudadano, siendo aceptado oor este, o su representante legal, tras haberle informado adecuadamente, tanto de la asistencia que se le propone como aquellas otras podibles y quienes se las puede protestsr.
Toda asistencia sanitaria ha de quedar registrada en un soporte aceptado por el sanitario y por el ciudadano. Este s soporte se conoce como "Historia Clínica". La custodia del soporte de la historia clínica ha de ser aquella aceptada por sus dos actores: ciudadano, sanitario o ambos.
El Hospital Universitario Central de Asturias no tiene historia clínica, en sentido edtricto. Por este motivo, la información ofrecida por La Nueva España acerca de "no informar el Servicio de Neurocirugía" se ha de interpretar bajo el concepto que he dado acerca de "historia clínica".
No se puede denominar "hospital" si no hay "historia clínica".
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