Con el ánimo de análisis a quien se interese por el diagnóstico, o delito causal y el tratamiento, o condena con un tiempo de tratamiento, o pena de Cincuenta años.
Cuando el trabajador, o familia trabajadora vive del sueldo de la mina, depende de esta. Por este motivo, está sometido a las discrecionalidades de esta por el instinto de supervivencia.
El trabajador del cual depende el sustento de su familia su instinto de supervivencia está reforzado por esta.
Por solo tener una sola entrada de ingresos el trabajador es sumiso a esta.
Por tener una familia dependiente la sumisión es reforzada.
La mina "premia" al trabajador con familia y con su sola entrada de ingresos.
El Estado Vaticano es un instrumento necesario para que el minero se dedique solo a la mina. Y, a que tenga hijos y otros dependientes de su salario.
El Estado actúa obligando al minero a que le ceda parte de su salario para prevenir un salario para cuando no pueda trabajar (pensión por edad y pensión por enfermedad y pensión por accidente). Esta cesión al Estado nunca tiene seguridad de retorno.
Cuando el Estado aprecia que el salario del minero supera un mínimo para su supervivencia, el propio Estado distrae una parte a la mina para obtener de ella -como "préstamo" real- unos beneficios. En realidad, hace posible una reducción del salario.
Cuando el minero dispone de otros ingresos (cuando la mina está en un área rural. Cuando los miembros de su familia tiene otros ingresos), el Estado, en representación de la mina, actúa sobre él, con el propósito de amansarlo.
El Estado Vaticano actúa como instrumento de la mina, del Capital, estimulando a tener hijos y a que la mujer de la familia no trabaje y se "dedique a la educación de los hijos".
Cuando se conocen los mineros de Llanera y, en particular, los de Villabona, se aprecia el estímulo de la mina, del Capital, a que vivan en poblamientos (un ejemplo es La Estación de Villabona con el estímulo de la mina y de La Rotella con el estímulo de un vecino, Don Augusto cediendo tierras para su cultivo y con ello complementar unos sueldos mineros que no permitían la supervivencia de una mínima familia; Desde 1936 a 1956, no pudo llevar a término el cumplimiento de su madre Amalia en este sentido. Desde la muerte de su padre en 1911 hizo posible la donación de la explotación de las fincas rurales, que recibió en herencia y pertenecían por herencia a su madre Amalia. Su padre José María, de acuerdo con su madre Amalia, le anticiparon la herencia de tierras rurales en Llanera, Siero, Caso, Olloniego y San Claudio, con este fin -de reducir la dependencia del salario minero escaso-, como se documenta en cartas entre Augusto y su tío Víctor). Es esta actitud la que crea el caldo de cultivo de la revolución minera de 1934 y que llevará al asesinato de la bisabuela, abuela, tía y tío/abuelo por las hordas fascistas en el mes de octubre de 1936 al haber huído fuera de Asturias de las persecuciones en Asturias de los fascistas y militares fascistas. Recuérdese que la dirección de la dinamitazación de las minas de Santofirme fueron dirigidas directamente desde Madrid por el general Franco como "entrenamiento de su sublevación traidora de 1936 pero que, en realidad se inició en setiembre de 1934 y se formalizó, con la ayuda táctica del Estado Vaticano y sus embajadas y consulados en la España de los españoles, o republicana.
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