martes, 6 de marzo de 2018

La infancia política de los que se dicen políticos de l CAC.

Los señores políticos que identifico como de la Cataluña Independiente, unos refieren como república y otros no he conseguido saber.

En mi opinión se comportan tambalentes, probablemente por carecer de educación política y fervor juvenil propio del joven que no se ha trabajado con la responsabilidad de procurar mantener la vida de una persona con el menor minusvalía.

Nota.- Comento los comportamientos como si fueran estudiantes de Medicina que comentan aquello que observan con la ingenuidad de quien no tiene información prospectiva. Precisamente el motivo por el cual hacen "clases prácticas". Hay diferencia rntre quienes tienen educación teórica y quienes no la tienen.

Hoy leo con afán interpretativo, y escucho con vehemencia, que quieren presentar a un hombre que se encuentra en prisión, lógicamente motivada de acuerfo con la legislación del Estado del Reino de España, a la cual ellos edtán sometidos y aceptan. Ellos, la identidad que tienen es de ser nacionales de España, no son apátridas como hacen al referirse como "catalanes".

Si se parte de considerarles no esquizoides o no ignorantes, ellos se mueven por territorio, español o extra-español, por identificarse con pasaporte de España. Si predentan pasaporte del Estado de Cataluña, inmediatamente les privan de libertad por, en comienzo, falsedad documental. En España se mueven en libertad si se identifican como españoles con su DNI y no están sujetos a restricción de movimientos por el territorio español por dictamen judicial.

Si están recluidos en edtancia penitenciaria solo lo pueden estar por órden judicial y, en la misma se espicifica el motivo.

En el Código Penal no figura como delito el dedicarse, potencialmente o de hecho, a la administración de los "bienes comunes" a los ciudadanos españoles. Si un juez dicta órden de ejecución sin referencia al CP o hacerlo sin el acuerdo razonado del condenado, este tiene la obligación de denunciarlo ante la autoridad judicial superior a la que le dictó condena. En este caso, se ha hecho y quien ratifica condena es el Tribunal Superior de Justicia.

Ante esta sentencia no tiene recurso a nivel del Estado del Reino de Espala, pero sí ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, supra-Estado al que el Estado de España pertenece y depende.

La Comunidad Autónoma de Cataluña tiene un Poder Legislativo sometido al Tribunal Constitucional.

El Poder Legislativo de la CA de Cataluña propone como potencial Presidente de la CAC a un hombre que tiene restringida su movilidad a una cárcel por haber cometido delito, en particular, contra la Comunidad Autónoma de Barcelona y, por extensión, del Estado del Reino de España y, por extensión, de la Unión Europea.

Este súbdito o, si se quiere, ciudadano del Estado del Reino de España, tendrá que estar en libertad judicial para poder recuperar su capacidad para el ejercicio político administrativo.

Se le dió permiso para concurrir como elegible para preservar su derecho en elbtiempo de legislatura restante a serbabsuelto o resuelta su condena.

El ejercicio como parte del Poder Ejecutivo solo lo podrá ejercer tras ser liberado de la condena. Es decir, si podrá ejercer en el Poder Ejecutivo tras ser un ciudadano cumplido con la condena.

El ejercicio como parte del Poder Legislativo lo puede hacer como "votante delegado" o "parlamentario delegado".

Las consideraciones anteriores no puede el Poder Judicial aplicarlas en aquellos ciudadanos que estén fuera del territorio judicial del Estado del Reino de España.


Nota.- Hoy refieren que el juez no es el que decide quien ha de ser o no Predident del Govern.
Efectivamente, así es. El juez decide quien es o no es delincuente.

Los elegidos constituyentes del Psrlament son quienes deciden quien de ellos ha de serlo. Ahora bien, ellos pueden ser delincuentes. Si lo son, no son elegibles.

No hace falta ser teósofo sino tener 6 años ni no tener minusvalía que le discapacite para tomar decisión, o tener capacidad crítica; eso que refieren como "uso de razón"






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